Tribunal definirá si deja o no impune a extitular de Copaco

Tras la feria judicial, un tribunal de sentencia debe resolver si deja o no impune al extitular de Copaco, Jorge Magno Candia, acusado por no ejecutar una póliza de 473.000 euros en el 2007. El mismo está por cumplir 9 años de proceso sin sentencia. Ahora, busca la extinción de su causa porque una firma proveedora reparó el daño tras perder un laudo arbitral con la estatal.

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Las juezas Liza Battilana (presidenta del tribunal), Lourdes Peña y Rosarito Montanía (miembros titulares) citaron a Candia, seccionalero colorado y concejal en Mariano Roque Alonso, para el martes 2, miércoles 3 y jueves 4 de febrero.

El tribunal debe resolver el pedido de extinción del proceso por reparación del daño, que planteó por escrito el defensor público Federico Hetter.

El fiscal de Delitos Económicos Martín Cabrera se opone a esa salida procesal teniendo en cuenta que no fue el extitular de Copaco el que reparó el daño y entregó 473.484,13 euros, sino la empresa alemana proveedora TSystems, que perdió un laudo arbitral con Copaco y tuvo que reparar el daño causado.

Según el Ministerio Público, fue el acusado Jorge Magno Candia el que ocasionó el perjuicio al no ejecutar una garantía hipotecaria de fiel cumplimiento a la firma que debía actualizar el software correspondiente al sistema de facturación. No lo hizo a pesar de que un banco de plaza le notificó a tiempo.

Cabrera pide el rechazo de la extinción y la sustanciación del juicio oral pendiente desde diciembre de 2011, porque “si bien la Copaco ha percibido euros 473.484,13, dicha recuperación, fue a través de las gestiones realizadas por la propia Copaco SA con intervención de la Procuraduría General de la República, sin que para dicha reparación patrimonial o recuperación del dinero que la compañía había pagado en forma anticipada a la empresa alemana, haya intervenido de modo alguno el Ing. Jorge Candia y mucho menos haya el mismo erogado de su patrimonio el monto recuperado”.

Por este motivo, el agente dice que no se dan los presupuestos del inciso 10 del artículo 25 del Código Procesal Penal en lo que refiere a la reparación integral del daño particular o social causado a la víctima, en este caso la Copaco SA, que si bien recibió el monto establecido en el laudo, no se debió a la voluntad del acusado.

El defensor público Hetter, sin embargo, alega que el perjuicio no fue solo resarcido, sino que la Copaco recibió más dinero del que dispuso porque ya había recibido 137.454 euros.

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