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El Jurado, en la plenaria de ayer resolvió iniciar de oficio el enjuiciamiento del juez penal de Garantías N° 01 de la ciudad de Villarrica, Circunscripción Judicial de Guairá, Abg. Jorge Garcete, con la suspensión preventiva del enjuiciado, por la causal de “mal desempeño de funciones”. Es en el marco de la tramitación del expediente judicial caratulado: “Regulación de Honorarios Profesionales solicitada por el abogado Hugo César Figari Penayo, en la causa ‘Banco Familiar contra Azucarera Iturbe SA sobre amparo’”.
Según el Jurado, el magistrado: a) Habría tramitado un juicio de amparo promovido por el Banco Familiar en la ejecución de garantía establecida en un contrato de fideicomiso por parte de la Azucarera Iturbe; b) En el susodicho juicio especial otorgó medidas cautelares de urgencia, sin la observancia de los presupuestos exigidos en el Art. 693 del Código Procesal Civil y c) En el mismo juicio, el Abg. Hugo Figari Penayo solicitó la regulación de sus honorarios profesionales y el Juzgado a cargo Jorge Garcete, por Auto Interlocutorio Nº 1950 del 30 de diciembre de 2014, reguló en la G. 25.939.300.040 dichos honorarios, en aplicación del Art. 61 y concordantes de la Ley Nº 1376/88, “sin cumplir con la fundamentación acerca del parámetro adoptado, con el nexo causal inescindible”.
El Gobierno había asumido parte de la deuda de la Azucarera Iturbe, con un salvataje que ascendió a G. 15.000 millones, que fue entregado en fideicomiso para la gestión de cobro. Sin embargo, la cifra del honorario regulada a favor del abogado de la azucarera, de G. 25.939 millones, sobrepasa ampliamente la inyección realizada por el Estado.
Caso Jacobo
Por otro lado, el Jurado enjuició al juez Rafael Jacobo, sin la suspensión preventiva. Es en la causa caratulada “José Carlos Repossi contra Ernesto Engelwart y la sucesión de Dora Navarro sobre cumplimiento de contrato...”.