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La Cooperativa La Barrereña tiene su sede central en la ciudad de Eusebio Ayala, pero los más afectados son socios de su sucursal en Tobatí.
El tribunal de sentencia compuesto por Magdalena Narváez de Rodríguez, Antonio Benítez y Juan Carlos Rocholl, en una llamativa decisión resolvió por unanimidad ayer absolver de culpa y pena a Darío Antonio Giménez Gómez, Alice Ramona Velotto Melgarejo, Julio Canuto Díaz Medina (gerente) y Silvio Hernán Melgarejo, exfuncionarios de la referida cooperativa.
Sin embargo, el citado colegiado sentenció a Estela Benegas (40), quien era la cajera, a la pena privativa de libertad de cinco años, a cumplirse en la cárcel de mujeres del Buen Pastor, además de declararle civilmente responsable de la apropiación de dinero de los socios, que fue comprobada en juicio.
El proceso penal se hizo porque entre los años 2006 y 2010 se produjo un desfalco en dicha entidad por G. 2.516 millones, que pertenecían a unos 50 socios depositantes. En un principio fueron imputados nueve directivos de La Barrereña, además de los ya citados, quienes más tarde lograron ser desvinculados de la causa en medio de todo tipo de argucias legales.
No obstante, el fiscal Gustavo Sosa señaló que la carpeta fiscal será reabierta porque existen nuevos indicios en el caso. El Ministerio Público solicitó la pena privativa de libertad de cinco años para el entonces gerente Canuto Díaz y cuatro para los demás acusados, así como 3 años para Benegas.
El eslabón débil
Por su parte, el fiscal Eduardo Cazenave lamentó que solo el eslabón más débil (la cajera) fue condenada, teniendo en cuenta que los que tenían más responsabilidad fueron absueltos. Dijo que esperarán la resolución para decidir una eventual apelación.
En su argumentación, la jueza Magdalena Narváez de Rodríguez refirió que no se pudo comprobar la coautoría ni la complicidad de los otros acusados que tenían cargos de tesorero, contador, jefe de sucursal, gerente, entre otros.
Explicó que no se presentó ninguna prueba que demuestre que se conformó una asociación para delinquir ni que los ahora absueltos hayan tenido conocimiento de lo que estaba realizando la cajera Benegas. “Por lo tanto, al existir una duda razonable y no teniendo certezas, es imposible dictar una sentencia condenatoria”, adujo Narváez.
Por otro lado, según explicó, sí se comprobaron los hechos de apropiación y producción de documentos no auténticos y el perjuicio realizado a 35 socios que declararon durante el juicio, por lo que la citada empleada fue condenada. Su abogado, Claudio Ferreira, indicó que apelará la sentencia.
Varias de las víctimas lamentaron la decisión del tribunal, teniendo en cuenta que es muy difícil creer que una estafa de tal magnitud haya sido realizada por una sola persona. El tribunal dice que la cooperativa debe devolver el dinero a los socios.