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Los postulantes se presentaron en cumplimiento del Edicto N° 01/20/2016, según el cual el periodo de presentación de las candidaturas fue de quince días, desde el día lunes 8 de febrero al martes 23 de febrero de 2016.
A continuación, la nómina de quienes presentaron sus candidaturas: 1) Carlos Alberto Medina Torres, 2) Odilia Rodríguez Argüello, 3) Walter Hugo Exequiel Zalazar Marchuk, 4) Arnaldo Rubén Alvarenga García, 5) Julio César Agüero Colarte, 6) Omar Magín Gómez Alvarenga, 7) Griselda Noemí Siani Martínez, 8) Alexis Alberto Barreto Iglesia, 9) Gladys Estela López de Sanabria, 10) Ricardo Amílcar Ramiro Pane Mazó, 11) Daniel Eduardo Correa Acosta, 12) Zoraida Olguín Moreira de Zelaya, 13) Wilfrido Rubén Morínigo Velázquez, 14) Jorge Miguel Ayala López, 15) Augusto Marcelino Cañete González, 16) Celso Alfonso Medina Quiñónez, 17) Geraldino Cazal Argüello, 18) Mónica Gorostiaga Prats Carrol, 19) Virginia Estigarribia de Cataldo, 20) Carolina Mercedes Aguirre Ugarte, 21) Carmen Dionisia Estigarribia de Matiauda, 22) María Lucy Medina Vázquez, 23) Carlos Andrés Couchonnal Zeiser, 24) Genaro Efraín Cabral Silvero, 25) Víctor César Aranda Delgado, 26) Sinthia Liz Ramírez Aliendre, 27) María De Lourdes Gauto Fleitas, 28) Gustavo Martínez Martínez, 29) Felipe Ramón Huerta Delgado, 30) Ubaldo Aquino González y 31) Julio César Mendoza Aquino.
Reunión con Bajac
La semana pasada el ministro de la Corte Óscar Bajac se reunió con los síndicos de Quiebras para hablar sobre la nueva ley que rige la Sindicatura General de Quiebras.
En la oportunidad debatieron varios puntos, especialmente las tareas que se deben llevar adelante para transparentar la institución que depende del Poder Judicial.
Funciones y obligaciones
El síndico general de Quiebras es un auxiliar del Poder Judicial que tiene por misión administrar los bienes de empresas y personas que sean declaradas en quiebra.
Es tarea de este funcionario liquidar, pagar deudas y cumple una función vital en los juicios de convocatoria de acreedores, según la ley.
También está obligado a actuar en defensa de los intereses generales de los acreedores así como en la protección de los derechos de quien fue declarado en bancarrota.