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“Hay otras figuras que posiblemente están penalizadas que tienen que ver con conductas realizadas por Nicolás Leoz u otras personas ligadas a Nicolás Leoz, que sí pueden ser penalizadas en nuestro país. Por ejemplo, el no haber comunicado al fisco lo que constituiría una evasión impositiva o el haberlo hecho a través del uso de operaciones bancarias en el extranjero, o nunca recibió plata en Paraguay o movió la plata de Suiza a la isla Caimán. En Estados Unidos esa conducta está penalizada”, explicó González Macchi, quien antes aclaró que no conocía los términos de la resolución del juez Humberto Otazú.
“Si es que el juez excluyó el soborno privado hizo bien, y si admitió la extradición por otras causas había que ver cuáles fueron”, refirió. Puntualizó que la persona requerida puede ser juzgada por el tipo penal que por concurso sea punible tanto en Paraguay como en Estados Unidos. “Hablo en forma genérica”, aclaró al tiempo de señalar que el hecho de que otros delitos deriven del soborno privado es una cuestión que debería ser debatida una vez que se realice el juicio oral.