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Berdoy señala que el hecho punible no puede ser calificado como violencia familiar, ya que la mujer víctima de lesión física no es su concubina, cónyuge ni conviviente, sino su expareja, como la misma víctima declaró en su momento.
La jueza de la causa Gricelda Caballero fue recusada y el expediente pasó en el juzgado a cargo de la magistrada Patricia González.