Reclamo de información pública llega a la Corte

Con el fin de acceder a las actas de las elecciones generales de 2018 del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) y dejar sin efecto las costas de un poco más de G. 6 millones impuestas a Daniel Vargas Téllez por pedir información pública, ese ciudadano radicó ayer una acción de inconstitucionalidad contra los fallos.

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A casi 6 años de lograr el histórico fallo en que la Corte Suprema de Justicia estableció que el acceso a la información es un derecho humano fundamental, Daniel Vargas Téllez regresó ayer al Palacio de Justicia. “Una vez más me tienen acá, aquella vez esperé seis años para que se decida la Corte, espero que sea más rápido (en esta ocasión) y que también los jueces den en realidad el valor que tiene tener transparencia en la acción pública”, expresó.

Pese a la vigencia de la Ley N° 5282/14, “De libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental”, Vargas Téllez se vio obligado a presentar nueva acción de inconstitucionalidad para acceder a las actas de las elecciones generales de 2018.

La acción, planteada a través de los abogados Ezequiel Santagada y Élida Acosta, pide además dejar sin efecto las costas de G. 6.093.900 que se le exigen. Las resoluciones impugnadas son la Sentencia Definitiva N° 280 del 31 de diciembre de 2018, del Juzgado Laboral, 5° Turno, y el Acuerdo y Sentencia N° 3 del 15 de enero último, de la Cámara de feria.

“Tenemos que estar peleando en la Corte lo que claramente está establecido en la ley y que debería ser obvio para todos, pero vivimos en el mundo del revés y tenemos que llegar a la Corte para que se entreguen las actas de las elecciones del 22 de abril y claramente se trata de información pública”, dijo Santagada, tras advertir “una mano política” detrás de dichas sentencias.

Acosta destacó el pésimo precedente que dejan los fallos recurridos, para los que deseen pedir información.

Antecedente histórico

El 15 de octubre del 2013 la Corte Suprema de Justicia dictó el Acuerdo y Sentencia Nº 1306, en la causa “Acción de inconstitucionalidad promovida por la Defensoría del Pueblo contra la Municipalidad de San Lorenzo sobre amparo”.

El entonces defensor del pueblo, Manuel Páez Monges, accionó contra el fallo que le negó al ciudadano José Daniel Vargas Téllez la nómina de funcionarios de la Comuna de San Lorenzo, con sus sueldos.

Tras concluir que el acceso a la información es un derecho humano fundamental, la Corte Suprema de Justicia ordenó la entrega de dichos datos.

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