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“El Ministerio Público está facultado para solicitar la medida de detención preventiva del ciudadano Gustavo Amado Alfonzo Prieto” afirmó en su resolución el juez Enrique Mongelós al rechazar el hábeas corpus del intendente de Arroyos y Esteros.
El fiscal de la Unidad de Delitos Económicos, José dos Santos, había decretado la detención del intendente arroyense, tras imputarlo por los delitos de lesión de confianza y producción mediata de documentos públicos de contenido falso.
Dos Santos también solicitó prisión preventiva para el jefe comunal por peligro de fuga y obstrucción a la investigación, pero el imputado se mantuvo prófugo hasta que, con patrocinio de abogado, promovió el hábeas corpus rechazado por el juez Mongelós Aquino.
El intendente, ahora fugitivo, perteneciente al Partido Colorado, había sido acusado de ser el responsable de una “tragada” de G. 883 millones en la Municipalidad de Arroyos y Esteros, así como otras graves irregularidades en la institución comunal.
El hábeas corpus puede ser utilizado en caso de detenciones arbitrarias e ilegales que se contraponen a normas del derecho, indicó el juez al rechazar la acción de Alfonzo Prieto.
La orden de detención librada contra el actual prófugo se ajusta a derecho porque fue dictada por autoridad competente, añadió el magistrado Enrique Mongelós Aquino, titular del Juzgado en lo Civil y Comercial, del 12° Turno, de la Capital.
En la presentación, hecha por los abogados Hugo López y Emilce Ruiz Díaz, el intendente de Arroyos y Esteros dijo que fue víctima de una persecución política ante la proximidad de las elecciones municipales y que para ello se utilizó al Ministerio Público.