Rechazan acción promovida en proceso por narcotráfico

La Sala Constitucional de la Corte rechazó “in límine” una acción de inconstitucionalidad promovida por Fermín Centurión Godoy contra el artículo 400 del Código Procesal Penal, en la causa “Tomás Rojas Cañete y otros s/ comercialización de drogas peligrosas y otros”.

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La acción de Centurión Godoy fue planteada ante su temor de que durante la sustanciación del juicio oral y público, la calificación de “asociación criminal” por el que está actualmente procesado pueda ser ampliada por tráfico de drogas.

Según el accionante, el citado artículo 400 del código procesal penal atenta contra el artículo 17 de la Constitución Nacional, que hace mención a los derechos procesales, entre ellos, la presunción de inocencia.

Centurión sostiene que la causa, en su caso, fue elevada por asociación criminal por el juez Hugo Sosa Pasmor, y que esta resolución fue ratificada en la Cámara de Apelaciones y por la propia Corte.

Sin embargo, los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y José Raúl Torres Kirmser sostienen que la “calificación es provisoria, la que se torna permanente recién en una sentencia definitiva en caso de ocurrir una condena.

“Al no cumplirse las exigencias de la norma legal, corresponde el rechazo de la acción sin más trámite”, sostiene la Corte.

Recusación al tribunal

El juicio oral a Tomás Rojas (alias Toma’i) y demás procesados por tráfico de drogas fue paralizado la semana pasada por la recusación al tribunal de sentencia integrado por las juezas Gloria Hermosa, Blanca Gorostiaga y Alba González. Según fuentes, esta semana se resolvería la recusación. La causa tiene que ver con la incautación de 101 kilos de cocaína en el Club Acosta Ñu de Ciudad el Este, el 3 de setiembre de 2011.

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