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Los camaristas Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín y Mirtha González de Caballero sostienen que en el acta de imputación presentada por la agente fiscal María Estefanía González no se observan vicios ni otro tipo de defectos procesales, por lo que deviene improcedente el planteamiento de Caballero Candia, con patrocinio del abogado Mario Aníbal Elizeche Baudo.
Agregan que existen suficientes elementos de sospecha sobre la existencia del hecho, sin entrar en mayores detalles.
La Cámara también ratificó la vigencia de la querella adhesiva al confirmar el rechazo de la excepción de falta de acción que promovió Caballero.
El juez penal de garantías Julián López Aquino debe fijar fecha de audiencia de imposición de medidas. El 6 de febrero pasado debió realizarse esta diligencia, pero el incidente de nulidad del acta de imputación lo postergó.
Caballero habría percibido irregularmente como funcionario de la Caja y funcionario municipal unos G. 1.324.705.090, desde fines de 2004 hasta 2014.