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Mientras el Ministerio Público no tome una determinación, la pesquisa por el aumento descomunal del patrimonio del matrimonio queda trabada, debido a que no pueden realizarse las tasaciones de diez inmuebles.
Amarilla cercenó el plazo de la investigación por enriquecimiento al periodo comprendido entre el 26 de marzo y 30 de abril de este año, porque por ese periodo Alvarenga fue imputado primero en el caso de robo de combustibles con los cupos que le pertenecían a la Policía Nacional.
La fiscalía pretende indagar los bienes adquiridos diez años atrás.
La Cámara denegó un planteamiento a los fiscales porque supuestamente recurrieron mal.
Al respecto, Piñánez explicó que el primer fallo de Amarilla, el A.I. N° 745 no les causó agravio porque rechazó una reposición a la defensa de Alvarenga en el resuelve, pero cercenó la pesquisa en el considerando. “Pedimos la aclaratoria del considerando y nos denegó (dejó sentada la postura de limitación del plazo) y es por ello que apelamos esa resolución, la cual sí nos agravió porque nos limita el plazo. El inc. 11 del artículo 461 del Código Procesal Penal no faculta a hacerlo”, dijo Piñánez.