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En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia deberá revisar los motivos por los cuales se apartaron las camaristas Irma Alfonso de Bogarín, Clara Estigarribia y Mirtha González de Caballero, quienes alegaron que no podían entender en el caso por haberse apartado del proceso abierto al marido de la agente fiscal, por millonaria estafa.
Idéntica decisión adoptó la presidenta del Tribunal de la Niñez, Fulvia Núñez de Vera y Aragón.
Para Benítez y Rodríguez, los motivos esgrimidos no constituyen causal suficiente para justificar la inhibición, pues las magistradas se refieren a causas distintas.
La Cámara debe resolver si ratifica o no la sentencia por la cual la jueza Edith Coronel hizo lugar al hábeas data promovido por González y ordenó la destrucción de una serie de documentos referentes a las cuentas que la misma posee en distintas entidades bancarias.
El fallo fue apelado por el Banco Central del Paraguay y también por la Fiscalía.
“El Banco Central del Paraguay está en la indefensión, puesto que se le privó de la oportunidad procesal para ejercer su defensa y presentar los elementos que hacen a su derecho, así como se le priva del efecto suspensivo al interponer recursos y se expone a un perjuicio irreparable en consecuencia”, afirmó el representante legal de Central.
Otra anomalía apuntada es que la jueza ordenó la destrucción de documentos de contenido veraz, cuando el hábeas data es una acción prevista para eliminar documentos que contengan datos falsos o erróneos.