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El profesional se refirió así a declaraciones que a nuestro diario formuló el abogado Víctor da Silva, quien sostuvo que el juez Óscar Cantero Arza convirtió a Medeiros Loureiro en propietario de las tierras de la firma Abialor Paraguay SA mediante una sentencia considerada irregular y que debe ser investigada por la Corte y la Fiscalía.
“El abogado Víctor da Silva, si bien puede ser representante legal de la firma Abialor, no ha intervenido en ningún momento como representante legal de la firma” en el proceso caratulado “Thyr Medeiros c/ Abialor Paraguay SA s/ usucapión”, expresó Mendieta.
Sigue manifestanto que Da Silva “falta absolutamente a la verdad ya que no ha intervenido y no conoce el expediente que el Juzgado interviniente haya dictado sentencia (de un día para otro), puesto que la demanda se ha promovido en fecha 22 de noviembre del 2012 y la sentencia se ha dictado el 15 de setiembre del 2015, casi tres años después de haberse promovido la misma”.
Niega, además, que su cliente posea antecedentes penales y asegura de él que reside en el país hace 20 años. “La firma Abialor nunca ha ocupado ni ha hecho posesión de la propiedad, y de los inmuebles desmembrados de la finca matriz N° 17491, con una superficie de 28.000 ha”, añade. Da Silva había manifestado que la empresa Abialor tiene título original y la posesión de las tierras hace 20 años.
En otro de sus párrafos, la referida nota sostiene que “llama poderosamente la atención que recientemente ha tomado intervención como representante legal de la firma Abialor Paraguay SA el abogado Riera (no dice el nombre) –posterior al dictamiento de la sentencia–, pariente y miembro del Estudio Jurídico del abogado Manuel Riera Escudero, hermano del presidente del Consejo de la Magistratura, Dr. Enrique Riera Escudero, quien abiertamente ya se ha expresado en contra de la confirmación de los magistrados que posean denuncias en el ejercicio de sus funciones y que por Ley 5336/15 deben necesariamente integrar las ternas si se han presentado para concursar por la confirmación en sus respectivos cargos, violando expresamente el derecho a la presunción de inocencia”.