Los actos suscriptos pueden ser nulos

El abogado Osvaldo Granada Salaverry se mostró en contra de la reconducción tácita. “Todos los actos que pueda suscribir el fiscal general del Estado, Javier Díaz Verón, son nulos desde el momento en que venció su mandato. Su intervención en procesos, cualquier resolución, cualquier acto jurídico, tienen una nulidad absoluta”, dijo Granada Salaverry.

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“La buena voluntad no existe sobre el derecho administrativo. Si vence el mandato del fiscal general y nos tenemos que quedar sin fiscal, pues nos quedamos y listo. La ineptitud de las personas que tenían que nombrar al reemplazante no puede estar sobre lo que manda la Constitución Nacional”, señaló el abogado.

“En este caso, hay una especie de conformidad de los políticos, y si tenemos un fiscal general independiente ya no lo vamos a poder manejar, y entonces vamos a tener problemas. A este le podemos manejar, por eso no hay apuros en cambiar; este es el pensamiento que tienen los políticos; por eso no se apura la elección de un nuevo fiscal”, sentenció.

Para el abogado Osvaldo Granda, la reconducción tácita no existe en el derecho público, sino solo en el derecho privado, por lo que el fiscal Díaz Verón ya no es fiscal general.

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