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Los camaristas Emiliano Rolón, Bibiana Benítez y Agustín Lovera Cañete resolvieron que otorgaban la libertad de la escribana porque la misma ya estuvo por más tiempo que la pena mínima establecida para el delito de producción de documentos no auténticos, que es de 6 meses.
Gómez Recalde se encontraba con arresto domiciliario desde el 25 de octubre de 2017, y prolongar la medida restrictiva sería una anticipación de la pena, indicaron los camaristas.
Para asegurar su sometimiento a la justicia, el Tribunal de Alzada le impuso a la escribana la prohibición de salir de país, la obligación de acudir a todas las citaciones judiciales y la fianza personal por parte de persona idónea por la suma de G. 50 millones.
Gómez Recalde ya había sido condenada en el 2009 a dos años de prisión, con suspensión de la ejecución de la pena, por el hecho punible de producción de documentos no auténticos.