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El incidente de nulidad es por falta de estudio psicológico de la joven, diligencia de cumplimiento obligatorio al inicio del proceso. El de prejudicialidad tiene su fundamento en la falta de definición de la titularidad del inmueble que fue escenario de la tragedia.
El conflicto se da porque se trata de un inmueble de 2.000 hectáreas, donado en 1970 al Estado paraguayo, pero que no inscribieron en los Registros Públicos. La empresa Campos Morombí, propiedad de los Riquelme, se hizo de esas tierras a través de un juicio de usucapión, luego de la donación hecha al Estado, es decir, cuando ya no era una propiedad privada.
Hay seis demandas civiles con relación al caso, entre los cuales está la acción promovida por la Procuraduría General de la República para obligar la escritura pública, ya que la donación fue realizada, pero no finiquitada; la que se relaciona con el juicio de usucapión planteada por los Riquelme y la acción autónoma de nulidad contra esa acción jurídica, porque al Estado no se le puede usucapir.