La ley prohíbe a civiles uso de balas para órganos del Estado

El artículo 16 inciso “h” de la Ley 4030 de armas prohíbe que el material bélico destinado a los órganos de seguridad del Estado sea usado por civiles. Sin embargo, municiones calibre 5.56 que la firma Comtecpar importó a nombre de la Corte fueron comercializadas a particulares con autorización de Dimabel. Existen fuertes indicios de hechos punibles, pero fiscalía dilata el caso.

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La fiscalía ordenó una pericia para saber si la bala calibre 5.56 es o no de uso militar, para supuestamente después imputar a los implicados en el hecho.

Sin embargo, independientemente a la pericia, se tiene que entender que las 1.2500 municiones, la empresa Comtecpar de Carlos León, las importó a nombre de la Corte. O sea declaró que las balas iban a ser destinadas a un órgano de seguridad del Estado.

La Ley 4.030 de armas, en su artículo 16 inciso “h” refiere que “se prohíbe a las personas, la tenencia y portación... de las armas de fuego, municiones, explosivos, accesorios y afines de uso privativo de los Órganos de Defensa y Seguridad del Estado”.

La disposición legal es clara. Empero, al parecer los fiscales no la entienden o simplemente se hacen de los desentendidos. La intención sería llevar todo al campo administrativo y blanquear el presunto tráfico de armas y municiones, mediante un sumario por irregularidades y no por comisión de delito.

El fiscal general del Estado, Javier Díaz Verón había conformado un equipo de fiscales integrado por Federico Delfino, Sandra Quinóñez y Francisco Ayala, bajo la coordinación del adjunto, Alejo Vera, para investigar la denuncia por supuesto tráfico de armas.

Los antecedentes revelan que el 7 de febrero pasado, Rubén González, otro de los accionistas de Comtecpar en pleito judicial con León, denunció que compró de Yamgo comercial, de Asunción, municiones que se importaron a nombre de la Corte.

El 17 de febrero, el entonces presidente de la Corte, Víctor Núñez, remitió los antecedentes a la Fiscalía General del Estado y advirtió de la gravedad del hecho.

Según los indicios, se trataría de un feroz negociado con armas y municiones que se importaron a nombre de la Corte y los ministerios de Defensa, Interior y Justicia. Las irregularidades más graves se habrían dado en el Ejército, que adquirió la mayor cantidad de material bélico de Comtecpar.

Pese a las numerosas evidencias y una clara violación legal, la Fiscalía no tomó ninguna determinación. Ni siquiera incautó las balas que ilegalmente estarían en poder de los civiles.
Se habla de fuertes presiones, atendiendo que existe muchísimo interés económico en juego.

EL USUARIO FINAL

La Dimabel, específicamente el Registro Nacional de Armas, exige el certificado de usuario final de las armas y municiones para autorizar la importación de los Estados Unidos.

- En el referido documento, firmado por una persona autorizada ya sea por la Corte, Defensa Nacional, Interior y Justicia y Trabajo, se certifica que el material bélico importado será usado por dichos órganos de seguridad del Estado. En consecuencia, como la misma ley lo señala, esas balas y municiones no pueden ser usadas por civiles.

- Llamativamente, al parecer los fiscales no lo entienden así y recurren a una sugestiva pericia.

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