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En su resolución, la magistrada dice que su colega le otorgó la garantía constitucional a Pavão atendiendo que el mismo corría peligro de muerte en el Brasil, pero señala la jueza que eso es claramente abstracto y que cualquier juez o tribunal del Paraguay tiene prohibido, en el marco de su competencia territorial, expedirse sobre supuestas condiciones que pudieran amenazar la seguridad o la vida de cualquier persona en el territorio de otro país.
También dice la jueza Sánchez que en el presente proceso de extradición ya no se admite impugnación ni recurso alguno y, en consecuencia, la orden firmada por el juzgado de Garantías queda firme y hoy se tiene que cumplir.