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La ley prohíbe claramente la concesión de medidas a los procesados por crímenes (cuando la expectativa de pena supera los cinco años). Sin embargo, los jueces que ahora serían blanqueados por el Jurado otorgaron arresto domiciliario a enjuiciados por tráfico de droga, que tiene una sanción muy superior a cinco años de privación de libertad.
El martes pasado, el Jurado tenía que tratar el caso de los magistrados Graciela Flores, Carmen Barrios y Raúl Insaurralde, quienes fueron denunciados por la Corte, luego de detectar que se habrían apartado de la ley para beneficiar a los encausados por tráfico de droga.
El tratamiento del caso se pospuso para la sesión de este martes, atendiendo que el miembro Enrique Riera pidió que se escuche la versión de los jueces, que fueron convocados para el efecto.
Según fuentes, los dictámenes jurídicos recomiendan el no enjuiciamiento de los magistrados. Llamativamente, los asesores del Jurado no hallaron anomalías.
Auditoría de Corte
Los auditores de la Corte habían analizado la causa “Ministerio Público contra Hermes Enrique Argaña y otros sobre supuesto hecho punible contra la Ley 1340-88”. Intervinieron los magistrados Carmen Barrios, Cleto Quintana (destituido) y Graciela Flores.
Según los antecedentes, el 8 de febrero de 2012 se incautaron del interior de un automóvil guiado por Hermes Enrique Argaña y ocupado, además, por Gustavo Adolfo Mansur y Damián Álvarez Frutos, 5 kilos 90 gramos de cocaína, distribuidos en cinco panes.
Por Auto Interlocutorio Nº 545 del 30 de noviembre de 2012, el Tribunal de Sentencia ordenó medidas sustitutivas al acusado Álvarez Frutos y dispuso su arresto domiciliario.
El Tribunal de Sentencia argumentó que “procede la aplicación del arresto domiciliario en espera del juicio oral, que se realizará en no menos de un año, porque no hay peligro de fuga ni de obstrucción”.
Según la auditoría “los magistrados que concedieron medidas sustitutivas a la prisión preventiva al procesado no mencionaron la prohibición prevista en las modificaciones del artículo 245 del Código Procesal Penal”.
La jueza Flores dijo a los auditores que al examinar la situación de Álvarez Frutos se encontró que no era el propietario del automóvil donde se encontró la droga, ni conductor; además que no se lo sindica como dueño de la sustancia encontrada en el vehículo. La jueza Barrios se adhirió al informe.
Una pena reducida
Las juezas Graciela Flores y Carmen Barrios también fueron muy criticadas por aplicar una pena reducida a Nelson Almeida Benítez, sentenciado solo a 12 años de cárcel por triple homicidio.
Almeida mató a su esposa Mirtha Galeano (54) y sus hijos Alicia Monserrat (16) y Nelson Eduardo (14), a quienes estranguló. Fue en junio de 2010.