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El amparo promovido por el abogado Carlos Buffa, en representación del laboratorio Lauda, está dirigido contra tres resoluciones dictadas el 16 de diciembre último por el presidente del Senacsa, Dr. Hugo Idoyaga.
Específicamente, las resoluciones N° 4020, 4021 y 4022, que disponen el rechazo, decomiso y destrucción de las series de vacunas oleolauda trivalente N° L-151, L- 152 y L- 153, por aplicación del artículo 46 del Decreto 4.320 del 6 de mayo de 2010, “que establecen normas de fiscalización y funcionamiento de establecimientos dedicados al diagnóstico y elaboración de productos biológicos de uso veterinario, a ser utilizados en las campañas de lucha contra la fiebre aftosa, brucelosis, rabia y tuberculosis en bovinos y se reglamente su uso y comercialización”.
“Las tres resoluciones son de un mismo tenor y contienen los mismos vicios, pues fueron dictadas con total desconocimiento de mi representada, que sin aviso previo se encuentra en trance de decomiso de su propiedad sin un juicio, ni tan siquiera sumario, por parte del órgano administrativo(...)”, alega el amparista.
Buffa explica que el argumento esgrimido por la institución es que las vacunas arrojaron resultados no satisfactorios en la prueba de potencia, pero aclara que no solo no han participado en el control correspondiente sino que tampoco han tenido oportunidad de impugnarlo, o solicitar una contraprueba, para tener certeza positiva y transparencia del resultado, por lo que las mismas son arbitrarias y ilegales, afirman.
“Mi parte está avocada a la realización del control de calidad en laboratorios del extranjero a fin de demostrar la calidad de sus productos biológicos, en especial las series de vacunas rechazadas”, señala el amparo.
Tras constatar la inminencia de un daño irreparable, la jueza dispuso la suspensión de la destrucción de las 6.000 vacunas prevista para este lunes, previa imposición al amparista de una contracautela de G. 82.500.000 por cada lote.
Asimismo, la magistrada solicitó al titular del Senacsa un informe pormenorizado sobre el caso, el cual debe ser presentado en un plazo máximo de tres días.