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Idoyaga explicó que es la tercera magistrada recusada en la causa, que primeramente estuvo a cargo de su colega María Cristina Escauriza, quien fue la que en la demanda de rendición de cuentas removió a Óscar Cáceres Salvioni de la administración de una empresa y designó en reemplazo al abogado Alfredo Estigarribia.
Escauriza fue recusada y el caso pasó al juzgado a cargo del juez Enrique Sanabria, quien también fue recusado por las abogadas mencionadas más arriba.
Dijo que el 10 de julio pasado recibió el expediente y que notificó a las dos profesionales que se declaró competente. La notificación se realizó en el domicilio procesal de las letradas, en Gobernador Irala casi Santiago, de la ciudad de Luque.
Luego, una persona de nombre Fernando Saldívar devolvió la cédula de notificación y alegó que no era el domicilio procesal de las dos abogadas.
Ante este hecho, la jueza notificó a la parte demandada que solicitó que la comunicación se haga en el domicilio real que es Ciudad del Este, Paraná Country Club.
El 21 de julio se hizo la notificación y se emplazó a las letradas por 72 horas para que constituyan domicilio procesal. Además fueron advertidas de que si no lo hacían, se les fijaría en la secretaría del juzgado.
El mismo Saldívar devolvió la notificación, alegando que no se hizo en el domicilio real.
Así, la jueza defendió su actuación en el proceso y ahora la Cámara en lo civil de San Lorenzo tiene que resolver si rechaza o admite la recusación contra Idoyaga.