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El presidente de la Corte, Luis María Benítez Riera, y los ministros Antonio Fretes y Óscar Bajac, quienes integran el Consejo de Superintendencia, ya tienen en su poder el resultado de la auditoría a la gestión del magistrado Martínez.
El trabajo realizado por la Dirección de Auditoría de Gestión, a cargo del abogado Mario Elizeche, concluyó que el juez ignoró el artículo 252 del Código Procesal Penal (Revocación de la Prisión Preventiva), al ordenar el arresto domiciliario del imputado Bruno José da Costa Amaral, sin que se hayan incorporado elementos nuevos en el proceso.
Los auditores también refieren que el magistrado violó el artículo 16 (faltas graves) de la Acordada 709/11 inciso “h” que habla de “Incurrir en negligencia en el cumplimiento de sus deberes, en inobservancia de obligaciones o prohibiciones previstas en la Constitución de la República del Paraguay y en las leyes...”.
“Esta auditoría pudo apreciar que el 15 de febrero de 2017, el juez penal de Garantías Samuel Silvero, mediante auto interlocutorio N° 35 decretó la prisión preventiva del imputado Bruno José da Costa, por el hecho punible de lavado de dinero y asociación criminal. El 6 de marzo, la defensa solicitó la revisión de la medida cautelar la cual fue rechazada mediante la resolución número 73 del 8 de marzo. Esta decisión fue confirmada por la Cámara de Apelaciones el 13 de marzo”, dice el documento entregado a los ministros de la Corte.
Luego, el 10 de abril pasado, el abogado Jorge Andrés González presentó poder y aceptó cargo de defensor y solicitó la revisión de medidas. Mediante el Auto Interlocutorio Nº 117 del 11 de abril pasado, el juez penal de garantías Claudio Rubén Martínez (interino de la causa), resolvió hacer lugar al pedido de revisión y ordenó el arresto domiciliario de da Costa Amaral.
La resolución del magistrado Martínez fue apelada por el fiscal Julio César Yegros, quien entre otras cosas argumentó que no se incorporaron elementos nuevos en el proceso que hagan variar la situación jurídica del procesado. El Tribunal de Apelación acogió favorablemente la presentación del agente del Ministerio Público y revocó la decisión de Martínez, con lo cual el imputado tenía que volver a la cárcel.
Según los antecedentes, el martes Santo, el magistrado Martínez realizó la audiencia de revisión de medidas y dispuso el arresto domiciliario de da Costa Amaral.
La sospechosa decisión del juez fue publicada por nuestro diario y a raíz de la misma, el titular de la Corte, Benítez Riera ordenó la auditoría de gestión.
Camaristas
Ahora está pendiente, la auditoría hecha a la gestión de los camaristas de Ciudad del Este, Aniceto Amarilla, Miryan Meza de López y Marta Acosta. Los mismos favorecieron con la prejudicialidad del proceso al contador Ignacio Urbieta, sindicado por la Fiscalía como el cerebro de una megaevasión de US$ 270 millones en Alto Paraná.
La resolución de los camaristas, que contarían con la protección de algunos miembro del Jurado de Enjuiciamiento, genera sospechas, ya que con su decisión allanaron el camino para el presunto blanqueo de Urbieta, a quien anteriormente ya beneficiaron con el arresto en su casa.
Se espera que los auditores no hagan caso a la injerencia de los “padrinos” de los camaristas y realicen su trabajo como dice la ley.
La justicia tiene que medir con la misma vara a todos.
EL HALLAZGO Y LOS INVOLUCRADOS
La plata venezolana fue hallada el 13 de febrero pasado en una residencia de Salto del Guairá, a 415 kilómetros de Asunción, y por el caso quedó detenido el dueño de la propiedad intervenida, Bruno José Da Costa Amaral. En tanto continúan prófugos su hermano Andrés José Da Costa Amaral, alias “Andi”, y los presuntos “secretarios” Luis Alves Da Silva, alias “Sombra” o “Saci”, y Bruno Fromhers Mongelós.
Estos dos últimos aparecen en un video enseñando los centenares de bolsas de dinero que permanecían escondidas en Salto del Guairá. El caudal, depositado en el Banco Central del Paraguay (BCP), consiste en 603 bolsas de 60 kilos llenas de billetes de 50 y 100 bolívares venezolanos.
cbenitez@abc.com.py