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La sentencia fue dictada por el juez Tito Derlis Gauto en prosecución de una querella presentada en contra del trabajador de prensa por el odontólogo René Meza Ayala, por una publicación en uno de los medios escritos, que involucró al dentista en un accidente de tránsito, ocurrido en el mes de agosto del 2011 en el distrito de Capiibary.
El suceso publicado por Núñez se sustenta en la versión de las tres personas accidentadas y familiares de las víctimas, quienes habían manifestado –según la crónica– que el odontólogo presuntamente salió del carril y fue a embestir contra algunos niños que salían de una institución educativa. En el material original redactado por el denunciado en ninguna parte se afirma la culpabilidad del querellante, quien de acuerdo a su declaración, se había sentido afectado por la publicación.
La sentencia fue dictada en un juicio oral y público realizado en el juzgado de San Estanislao. Al principio, el querellante había solicitado un resarcimiento económico de US$ 100.000, que luego bajó en cien millones de guaraníes, pero finalmente el juez ordenó el pago por composición de G. 10.000.000 en efectivo por la publicación hecha por el corresponsal, donde presuntamente el trabajador de la comunicación había actuado de manera mal intencionada.
La resolución judicial dictaminada por el representante judicial es calificada por los abogados defensores del periodista y colegas de los diferentes medios de comunicación como arbitraria y parcialista.