Juez condena a Jaeggli a pagar al Estado G. 43 millones más intereses

El juez en lo civil Hugo Bécker hizo lugar a una demanda promovida contra Alfredo Luis Jaeggli y le condenó a pagar al Estado G. 43 millones, más los intereses moratorios de 1,5% mensuales, que se deben computar desde el vencimiento de cada cuota reclamada. El magistrado rechazó una excepción de prescripción que planteó la defensa del exparlamentario.

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El 6 de diciembre de 2012, el abogado Carlos Ríos Anzoategui, procurador general de la Procuraduría de la República, promovió demanda de conocimiento ordinario sobre de cobro de guaraníes contra Jaeggli. Reclamó el pago de G. 43 millones, más los intereses, costos y costas del juicio.

En su presentación explicó que el exlegislador fue beneficiario del Programa de Desarrollo Agrícola de la Región Oriental. En ese sentido, Jaeggli celebró un contrato de suministro de bienes con el Ministerio de Agricultura y Ganadería.

El MAG, dentro del marco del contrato, le entregó un tracto agrícola, arado, rastra de disco, cultivador de dientes, bomba de riego y una carreta volquete.

Jaeggli tenía que pagar al ministerio la suma de G. 81 millones. A la firma de contrato debía entregar G. 8.112.000 y el resto en diez cuotas.

“Si bien el Ministerio de Agricultura y Ganadería empleó todos los mecanismos administrativos a fin de que Jaeggli cumpla con la obligación asumida, teniendo en cuenta la fecha de vencimiento de los respectivos compromisos, todo ha sido inútil. De ahí la presente demanda, que en base a la aptitud reticente del demandado ha obligado a esta representación del Estado a acudir al auxilio judicial, a fin del cobro de la suma adeudada por el demandado”, refirió Ríos Anzoategui, en la demanda que se tramitó ante el juez Bécker.

El 4 de diciembre de 2012, se presentó en representación de Jaeggli el abogado Sergio Monges. El letrado promovió una excepción de prescripción. Dijo que ya se produjo la caducidad de la deuda por el transcurso del tiempo.

“Consecuentemente, los pagarés que están agregados a autos, los que a su vez están vinculados al contrato de suministro que en realidad es un contrato de compra-venta, resultan ser pagarés cambiarios y como tal gozan de la esencia y características de los mismos. De lo expuesto surge claramente que la acción que intenta hacer valer la ejecutante se encuentra ampliamente prescripta”, resaltó Monges en la contestación de la demanda.

Sin embargo, el juez Bécker rechazó la excepción planteada e hizo lugar a la demanda promovida por la Procuraduría.

Con el fallo del magistrado, el exparlamentario está obligado a pagar los G. 43 millones más los intereses al Ministerio de Agricultura o al Estado paraguayo.

EL PROGRAMA

El programa es un tipo de cooperación financiera no reembolsable patrocinado por el Gobierno del Japón. Se orienta a la seguridad alimentaria a través de la donación de insumos agrícolas con el fin de apoyar a los agricultores de escasos recursos.

Estos insumos son otorgados a los beneficiarios a precios ventajosos, mediante un sistema de monetización administrado por el Ministerio de Agricultura.

Desde 1979 el Japón ha suscrito con nuestro país donaciones de insumos agrícolas bajo el esquema 2KR, sigla de “Kennedy Round”, que es una ronda de negociaciones comerciales del GATT llevada a cabo desde 1946 hasta 1967.

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