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El camarista explica que ello es así debido a que el estudio del Tribunal de Cuentas es una circunstancia insuperable para la persecución penal, lo cual constituye una de las causales previstas para la suspensión del plazo de prescripción. Posteriormente, el plazo quedó nuevamente suspendido el 1 de julio del 2003, en virtud del fuero de senador de Escobar, en atención a que la Cámara de Senadores rechazó su desafuero, lo cual hizo que el cómputo quedara suspendido hasta agosto del 2008.
“Desde las perspectivas señaladas, surge con claridad mediana que a la fecha de quedar firme el A y S Nº 892 del 21 de diciembre de 2009 de la SCJ, que confirma la condena (...) había transcurrido en total solo 1 año y 10 meses”, sostuvo Portillo.