Funcionario público, sometido a “irrestrictos cánones de conducta”

“El funcionario público está sujeto al cumplimiento irrestricto de cánones de conducta funcional y también moral”, afirmó el Tribunal de Sentencia que condenó al exfiscal Gustavo Gamba a 4 años de prisión. El fallo íntegro fue divulgado esta semana, en coincidencia con varios escándalos que salpican a altos exponentes de distintas instituciones públicas.

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El Tribunal presidido por Sonia Villalba e integrado por Juan Carlos Zárate y Rosarito Montanía condenó a Gamba a 4 años de cárcel por cohecho pasivo agravado, tras calificar como agravante la condición de agente anticorrupción que él ostentaba en ocasión de la comisión del hecho.

El coacusado Juan Enmanuel Portillo, abogado que ofició de intermediario para recibir la coima, fue sentenciado a 3 años de prisión y al igual que Gamba, enviado al penal de Tacumbú.

Este proceso se inició el 3 de junio de 2009, cuando se grabó en video y audio la entrega de US$ 90.000 a Portillo para que Gamba solicitara el sobreseimiento definitivo del exdirector de Itaipú Víctor Bernal, investigado por supuesto desvío. El pedido total era de US$ 150.000.

El fallo íntegro destaca que el funcionario público está obligado a mantener irrestrictos cánones de conducta funcional y también moral, ya que su salario está previsto en un presupuesto general del Estado que compromete la economía de un país.

“El funcionario público, por naturaleza, está revestido de un carácter especial ya que, por ser servidor del Estado, sus tareas y funciones son especiales y comprometen el orden público. El funcionario público no es considerado un empleado cualquiera; de hecho posee un régimen de labores específicos en una ley, además de las reglamentaciones propias, que corresponden a cada ente público”, afirma.

“El funcionario público está en un lugar de exposición tal, que toda su conducta está siendo observada por el pueblo. Está sometido a control periódico por diferentes órganos contralores que verifican el comportamiento administrativo, funcional y moral del referido”, agrega la sentencia.

Exfiscal anticorrupción

Asimismo, el colegiado hace hincapié en el deterioro ocasionado a la administración de justicia, puesto que Gamba se desempeñaba nada menos que como integrante del selecto grupo de agentes de la Unidad Anticorrupción de la Fiscalía.

“Si bien es cierto, la calidad de funcionario público fue analizada al momento de subsumir la conducta, no menos importante es establecer que él se desempañaba como agente fiscal anticorrupción, que tenía a su cargo luchar contra la corrupción pública, en la que se ve afectada la administración de justicia”, dice.

Montanía votó en disidencia, por considerar que se trata de un caso de cohecho pasivo y que la pena que correspondía es la de 2 años y 6 meses para Gamba y 1 año y 9 meses para Portillo.

LO QUE DICE EL TRIBUNAL

“El funcionario público está sujeto al cumplimiento de irrestrictos cánones de conducta funcional y también moral, ya que su salario está previsto en un presupuesto general del Estado que compromete la economía de un país”.

De hecho, en los últimos tiempos, se han creado nuevos organismos de control y también los mecanismos de acceso a la función pública, debido a las exigencias populares, totalmente ajustadas a derecho, de que se rinda cuenta del dinero público y por supuesto, que los funcionarios estatales se ajusten a los perfiles requeridos.

Fuente: SD 147, del 2/6/2015, causa “Gustavo Gamba y otros sobre cohecho pasivo”.

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