Fiscalía recurre a la Corte para que los exportuarios no queden impunes

La fiscala Yolanda Portillo presentó ayer un recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte para rever la impunidad de once exadministradores de Puertos que fueron beneficiados con la prescripción del caso “maletines”. La agente hace hincapié en que los propios ministros sentaron posturas de que las “chicanas” no pueden beneficiar a encausados.

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Portillo, interina de su colega Luis Piñánez, indica en su escrito que el fallo dictado por el tribunal de sentencia integrado por los jueces Elio Rubén Ovelar, Gloria Amanda Hermosa y Juan Carlos Zárate se contrapone a resoluciones de la propia Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

La agente de Delitos Económicos citó las causas: 1) Acuerdo y Sentencia Nº 694 del 29/12/10, Recursos extraordinarios de casación interpuestos en la causa caratulada: Édgar Cataldi y otros s/ defraudación y otros; 2) Ac. y Sent. Nº 694 del 29/12/10, Recursos extraordinarios de casación interpuestos en la causa caratulada: Édgar Cataldi y otros s/ defraudación y otros; 3) Ac. y Sent. Nº 575 del 10/07/14, Recurso extraordinario de casación interpuesto por el señor Óscar Fidel Sánchez Sosa bajo patrocinio de abogado en los autos: Óscar Fidel Sánchez Sosa s/ estafa”, y 4) Ac. y Sent. Nº 1579 de fecha 28/11/13 (CS, Sala Penal), Recurso de casación interpuesto en la causa caratulada: ”Ricardo Antonio Franco Cazó s/ Abuso sexual en niños”.

“Los fallos traídos como precedentes fueron dictados con anterioridad al ahora impugnado y la firmeza de ellos no necesita ser corroborada, por haber sido dictados por la Sala Penal de la Corte”, indica Portillo.

En todos los procesos anteriores y el de los portuarios acusados por soborno, las defensas insistieron en la prescripción por el transcurso del doble del plazo, “sin atender la existencia de obstáculos causados por su parte que llevaron a la indefinición del proceso”, dice.

“Con relación al derecho a la defensa, debe señalarse que es innegable que todo procesado tiene las más amplias garantías para ejercer su defensa, espectro en el que se encuentra la interposición de recursos y otros medios de impugnación”.

Sin embargo, cuando la propia ley delimita dichos planteos, como es el caso del auto de apertura que es irrecurrible por imperio del artículo 461 del Código Procesal Penal, cae de maduro que se produce el ejercicio abusivo del derecho”, esboza la fiscala.

De acuerdo a la representante del Ministerio Público, entre el acta de imputación y la audiencia preliminar transcurrió un plazo razonable, según Portillo, de 1 año y 18 días, a pesar de que se sucedieron actos dilatorios que pueden ser tenidos como aceptables dentro del ejercicio de la defensa. La misma cita más de 40 actos realizados.

Luego, la agente explica que desde que fue dictado el auto de apertura a juicio el 23 de octubre de 2010, las respectivas defensas fueron interponiendo recursos, el primero de ellos tuvo lugar el 3 de diciembre de 2010.

“Así las cosas, desde esa fecha -3 de diciembre de 2010- hasta el juicio oral de fecha 4 de noviembre de 2013 transcurrieron dos años, once meses y un día”.

“En esta causa se produjo un estancamiento procesal no atribuible a los administradores de justicia, sino a la presentación de recursos dilatorios de la defensa”, enfatiza Portillo y enumera más de 80 planteamientos dilatorios.

La fiscala rechaza que transcurrieron 6 años del hecho, debido a que el juicio fue paralizado por 3 años, cinco meses y 27 días.

La Corte ordenó auditoría

La Corte ordenó auditar el expediente del escándalo de los “maletines” en Puertos, debido a que los acusados fueron beneficiados por un tribunal con la extinción del caso pese a las innumerables chicanas que ellos mismos propiciaron. El caso de soborno agravado se inició entre los días 25, 26 y 27 de agosto y 1 de setiembre de 2008. Fueron sobreseídos Miguel Robles (de Puerto Chaco’i), Blas Pereira Rodi (Puerto Falcón), Carlos Villamayor (Pedro Juan Caballero), Arsenio Erico Giménez (Algesa), Édgar Serafini (Ciudad del Este), Carlos Sosa (Villeta), Celso Cabrera (Encarnación), José Martínez (Campestre), Julio Silva (Itá Enramada), Julio Ibarrola (Salto del Guairá) y Wladimir González (Sajonia).

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