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En este sentido, dijo que el procedimiento que dio origen al proceso se hizo en la noche del 13 de mayo del 2015 y en el lugar se encontraron 434 gramos de cocaína. Explicó que la mujer fue imputada por ser dueña de la bodega y estar presente en el lugar donde se halló la droga.
Afirmó que el 25 del mismo mes solicitó la realización del análisis laboratorial del material requisado a modo de anticipo jurisdiccional de prueba, lo cual fue autorizado por el juez de garantías Hugo Camé, pero nunca se hizo.
En juicio, insistió en realizar nuevamente la prueba, lo cual fue rechazado por el tribunal de sentencia.
Explicó que la sentencia absolutoria quedó firme porque no tuvo oportunidad de presentar un recurso de casación, debido a la negligencia de una funcionaria que recibió la notificación de la apelación y no le comunicó a tiempo.
“No fue negligencia mía”, acotó la fiscala Ávalos.