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En una visita a la redacción, el extranjero pidió modificación del artículo 15 de la Ley 978/96, que reglamenta los procedimientos para la renovación de la cédula para extranjeros con radicación permanente. O en todo caso, pide la unificación de las oficinas públicas para los trámites.
Según el citado artículo, el interesado debe presentar fotocopia de cédula de identidad vencida o constancia de denuncia policial en caso de robo o extravío. Fotocopia de carnet de admisión permanente otorgado por el Departamento de Migraciones. Fotocopia de documento de identidad vigente del país de origen.
También debe presentar certificado de vida y residencia dado por la comisaría de su residencia, y certificado por el Departamento de Personal (ubicado en India Juliana y Torreani Viera) y Ayudantía de la Comandancia (situada en Paraguayo Independiente y Chile).
Igualmente debe contar con el Informe de antecedentes penales expedido por el Departamento de Interpol (Cnel. Gracia y Tte. Rodi), también certificado por el Departamento de Personal y Ayudantía de la Comandancia de la Policía.
Finalmente, el certificado de Antecedentes Policiales expedido por el Departamento de Identificaciones.
Carranza considera que para un extranjero radicado hace tanto tiempo en el país todos estos requisitos son exagerados. Y en todo caso pide que se habilite una sola oficina para realizar todos estos trámites, que actualmente se deben efectuar en dependencias policiales muy alejadas unas de otras.