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Los camaristas Gustavo Ocampos, José Waldir Servín y José Agustín Fernández sostienen que existe “un claro peligro de fuga, estando pendientes de estudio los recursos de apelación contra la referida sentencia”.
Además –agregan los camaristas– que la finalidad de la prisión preventiva es la de garantizar el cumplimiento de una eventual sentencia condenatoria.
Por tanto, la Cámara ratifica la resolución del 26 de junio del tribunal de sentencia integrado con los jueces Sandra Farías, Fabián Escobar y Wilfrido Peralta, que rechaza la concesión de medidas para Montiel. El 28 de mayo de 2015 este colegiado dictó su fallo condenatorio.
También fueron condenados los exdirectivos de Paraguay Express, Óscar González Gómez, a 8 años de prisión; Alfredo Rafael Fretes, a 6 años de cárcel; Eustacio Sosa Cantero, a 5 años de penitenciaría y Patricio Vicente Arce Cabrera, a 4 años de encierro.
Según la sentencia condenatoria, la casa de cambios Paraguay Express causó un perjuicio de unos US$ 5 millones a firmas comerciales y a particulares, ocasionada a través de compra y venta de divisas y otras operaciones cambiarias que la ley no le permitía.