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“Sus conductas, al momento de entender en un recurso de apelación, demostraron desconocimiento de las reglas del cómputo de los plazos y asimismo valoraron los elementos de convicción recolectados por el Ministerio Público, cuando que dicha potestad no les corresponde, lo que en suma fueron elementos de mal desempeño de funciones agravantes que hacen que corresponda imponer la máxima sanción de la remoción del cargo”, dice el Jurado.
El caso de Hugolino
Con relación a Hugolino Bogado, juez de primera instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez de Iruña, refiere el Jurado que aplicó normas referentes al ámbito de la niñez y de la adolescencia dentro de una causa penal, así como valoró elementos de convicción del Ministerio Público a pesar de que no era competente para ello.
Bogado denegó la petición de la fiscala María del Carmen Meza, de sacar a una niña víctima de abuso sexual de la casa de su madre.
La fiscala sostuvo que la madre residía en el área donde tenía influencia el supuesto autor del hecho, el líder carpero Victoriano López.
“Asimismo, el otorgamiento irregular de una medida cautelar a favor de una niña, en desconocimiento a los lineamientos del Código de la Niñez y Adolescencia y, finalmente, no fundó la resolución que ordenó el levantamiento de una medida cautelar conforme a la Constitución de la República y las leyes, lo que, en su conjunto, resultaron elementos de mal desempeño de las funciones decisivos para aplicar la máxima sanción de remoción en el cargo”, señala el Jurado.
Una absuelta, la otra removida
Un aparatoso procedimiento realizado en Ciudad del Este para retirar a un niño y disponer la entrega a la madre derivó en la destitución de la jueza de la Niñez de capital Ana Ovelar.
“Su conducta al momento de otorgar una medida cautelar a la madre del niño y por el procedimiento desplegado en el colegio para entregar el niño a la madre fueron elementos de mal desempeño de funciones”, dice el Jurado.
En esta misma causa la jueza de la niñez del Alto Paraná Daysi Cardozo fue absuelta.
Refiere que la conducta de la magistrada al momento de otorgar el régimen de convivencia al padre del niño en cuestión no demostró ningún aspecto que pueda considerarse como mal desempeño de funciones.
Fiscal enjuiciado
El fiscal de Encarnación Héctor Garay fue enjuiciado por el Jurado por realizar diligencias fuera del plazo de la ley.
Ministros, en disidencia
Los representantes de la Corte Suprema de Justicia quedaron prácticamente solos en los casos de los camaristas y de la jueza de la niñez.
En una sesión de la cual participaron los ocho miembros, seis votaron por la remoción y solo los ministros José Torres Kirm-
ser y Sindulfo Blanco se abstuvieron de votar.
Los dos ministros junto a Sánchez votaron por la absolución de la jueza Ovelar, pero la magistrada fue destituida por cinco miembros.
En el caso de Bogado, fue unánime la resolución.
Ratifican la suspensión de una jueza en lo civil
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados confirmó la suspensión de la jueza en lo civil de la capital, Nilse Ortiz Aquino de Silva.
Los miembros rechazaron un recurso de reposición y una excepción de inconstitucionalidad, que la magistrada promovió contra la resolución del Jurado.
Ahora queda en manos de la Corte Suprema de Justicia ejecutar la suspensión de la magistrada, conforme lo establece la cuestionada ley del Jurado.
La jueza embargó en forma indebida los bienes de José Maluff , para regular los honorarios de la abogada Laura Cipolla, sin que la resolución por la cual la referida empresa perdió un incidente en el juicio de quiebras haya quedado firme.
Además, siempre según el Jurado, la magistrada tramitó un procedimiento de licitación para la adjudicación de la empresa en quiebra Cheminter en favor de la firma Bigger SA, que no era parte en el juicio.