Defensora de “Jarvito” refuta fallo de la Corte que ordena nuevo juicio

Laura Casuso, abogada de José Martínez Mendi Pavão (Jarvito), hijo de Jarvis Chimenes Pavão, con pedido de extradición al Brasil por narcotráfico, refutó la resolución de la Corte que ordena un nuevo juicio por narcotráfico para su cliente. La máxima instancia no observó claras irregularidades de la fiscalía, y además, la causa, a punto de cumplir 6 años, ya se extinguió, refiere la profesional.

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Un tribunal de sentencia sobreseyó en setiembre de 2010 a seis acusados por narcotráfico al no admitirse la acusación del Ministerio Público a causa de graves deficiencias procesales.

Casuso explicó que en el acta indagatoria del 17 de agosto de 2007, llevada a cabo por el fiscal antidrogas Javier Ibarra (actual viceministro de Seguridad), no consta que le citen a Mendi Pavão a declarar por los hechos de narcotráfico, lavado de dinero ni asociación criminal, como ordena el Código Procesal Penal en su Art. 86.

Dicha acta menciona: “Se le informa al compareciente del hecho que se le atribuye, así como de los elementos que sustentan esa atribución”, sin aclarar los hechos punibles. La declaración fue acompañada por la defensora pública Anahí Benítez.

Falta de intérpretes

Otro hecho que produjo la nulidad de la acusación fiscal fue la falta de intérpretes. La Corte reconoció que había tres extranjeros brasileños, entre ellos Mendi Pavão. Sin embargo, en el juicio oral, el fiscal Ibarra dijo que no le constaba que hubiesen brasileños en la audiencia, pero en el acta indagatoria se lee claramente que Mendi Pavão declaró ser brasileño, dijo la abogada.

“Por otro lado, el que interprete o no el idioma no quita que deba hacerse cumplir lo que la ley estipula, y si había ciudadanos brasileños, debían contar con traductores”, aseguró Casuso.

Corroborando lo dicho, la semana pasada el fiscal adjunto Marco Alcaraz dijo que dudaba que se realice el próximo juicio oral porque el Brasil no extradita a sus connacionales, con lo que admite que sí había extranjeros en el juicio oral, dijo la abogada.

Causa extinguida

Para Casuso, la causa ya se extinguió el 17 de agosto de 2011, esto es, a 5 años de haberse iniciado el primer acto procesal. La ley conocida como “Camacho” dispone que los procesos no pueden durar más de 4 años y solo en caso de sentencia condenatoria se extiende un año más para la tramitación de los recursos. La causa cumplirá 6 años en agosto próximo.

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