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La Sala Penal se integró con los camaristas del fuero Civil, Neri Villalba, Alejandrino Cuevas y el de la Niñez, Silvio Rodríguez.
Los magistrados Cuevas, Rodríguez y la camarista de la Niñez, Gloria Benítez, primeramente hicieron lugar a la recusación que presentó el abogado de la Cajubi, Rafael Fernández, contra los camaristas Carmelo Castiglioni y Eusebio Melgarejo Coronel y rechazaron la recusación que presentó la defensa de los condenados contra el magistrado Neri Villalba.
La integración
De esta manera, la Sala Penal de la Corte quedó conformada con Cuevas, Villalba y Rodríguez, quienes analizaron el recurso de casación planteado por Villamayor, Szwako e Insfrán. Los tres camaristas dijeron que no están reunidos los requisitos establecidos en la ley, por lo que rechazaron el planteamiento.
“De un minucioso análisis y posterior confrontación del acto impugnativo con los requisitos contenidos en la norma y la doctrina, los recurrentes se limitan a mencionar el motivo de su impugnación, alegando una serie de hechos que, en su momento, ya fueron motivo de apelación”, dice una parte del Acuerdo y Sentencia N° 461 de fecha de ayer.
El objetivo de los vaciadores era que se admita la casación, con lo cual la causa se iba a dilatar y con ello podrían conseguir la prescripción del caso y la consecuente impunidad.
Sin embargo, con la sentencia de ayer las condenas quedan firmes y no existen recursos contra ellas.
Los condenados además ya promovieron una inconstitucionalidad contra las penas establecidas en un juicio oral, pero la acción fue rechazada por los ministros.
El camarista Villalba fue el preopinante y se adhirieron a su postura sus colegas Cuevas y Rodríguez.
Los otros sentenciados
Por el vaciamiento de Cajubi fueron condenados por lesión de confianza agravada a 14 años de prisión Víctor Bogado y Mariano Escurra; a 12 años, los exconsejeros César Bejarano, Félix Villamayor y Walter Elías Delgado. Ricardo Pereira Poletti fue sentenciado a 10 años de cárcel; a 8 años Pabla Mieres, José Szwako y José Alonso; a 4 años Cíbar Insfrán, y a 3 años de encierro Gustavo Duré y el exsíndico Édgar Mengual Herken. Los sentenciados están privados de su libertad.