Corte les llama la atención a Zuni y a su abogado por reiteradas chicanas

La Sala Penal de la Corte rechazó la recusación planteada por la empresaria y exmodelo Zunilda Verónica Castiñeira contra el camarista Arnulfo Arias, quien debe estudiar la apelación de la absolución que benefició en primera instancia a la periodista Sandra López. La Corte “llamó la atención” a Zuni y a su abogado, y advierte de sanciones por sus chicanas.

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Zuni Castiñeira ya había conseguido apartar a los camaristas José Waldir Servín, Emiliano Rolón y Mirtha González, y pretendía lo mismo con Arnulfo Arias Maldonado, para integrar una “Cámara a su medida”.

Sin embargo, en esta ocasión los ministros de la Sala Penal de la Corte, Luis María Benítez Riera, Sindulfo Blanco y Alicia Pucheta, rechazaron su pretensión. Alegan que el patrocinio de Castiñeira, abogado Julio Vasconsellos (h), “realiza distintas presentaciones tendientes a dilatar los trámites del procedimiento y evitar así el avance hacia la culminación. Todo lleva a que los mismos puedan ser declarados ‘litigantes de mala fe’, por imperio del Art. 112 del Código Procesal Penal, que transcripto dice: ‘Las partes deberán litigar con buena fe, evitando los planteos dilatorios y cualquier abuso de las facultades del código...’”.

Los ministros también cuestionan duramente a Vasconsellos “porque dificulta el desarrollo normal de la administración de justicia, apartándose del ejercicio correcto de las facultades procesales y la buena fe...”.

Agregan que “el abogado, cualquiera sea su modalidad en que interviene, es el primer juez de las articulaciones que deduce y es el responsable de la utilización, conforme a derecho, de los elementos jurídicos que intenta hacer valer. Dentro de esta misma línea se ubica la actitud de la querellante, quien acudió al Poder Judicial para obtener justicia y es la misma propiciadora de articulaciones retardatorias..”.

El camarista Arias en su pedido de rechazo de recusación a la Corte negó que exista odio o enemistad con Castiñeira o con el abogado Vasconsellos, ya que no los conoce, y que por este motivo no tiene argumentos para separarse de la causa.

Arias aclaró a la Corte que se inhibe, pero de Vasconsellos padre, no del hijo, como es esta causa.

Las sanciones que puede aplicar la Corte en el caso del abogado Vasconsellos pueden llegar a la casación de su matrícula. En el caso de Castiñeira, ella es pasible de multa.

La causa “Sandra López s/ difamación, calumnia e injuria” solo tiene a Arias Maldonado como integrante de la Cámara para estudiar la apelación de la absolución que benefició a la periodista de este medio.

Antecedentes del juicio

- El 30 de junio de 2011, el juez de sentencia Manuel Aguirre absolvió de culpa y pena a la periodista de ABC Color Sandra López Curtido, quien fue querellada por Zuni Castiñeira por los delitos de difamación, calumnia e injuria. La exmodelo pretendía una condena de 2 años y 6 meses, y la composición de G. 6.000 millones.

- En el juicio oral que afrontó López se comprobó que Castiñeira tiene vínculos y es “propietaria” de la firma que adeuda millones de guaraníes a la Copaco, W Telecom (hoy GAV Comunications).

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