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Es así como los jueces civiles Juan Ángel Aguirre (décimo turno), Hugo Garcete (undécimo), Enrique Mongelós (duodécimo) y Luz Marlene Ruiz Díaz (décimo tercer) tienen plazo de 30 días para dictar sus resoluciones en los expedientes declarados en “autos para sentencia”.
El emplazamiento también está dirigido a los miembros del Tribunal de Cuentas, Primera Sala, integrado con los camaristas Amado Verón, Rodrigo Escobar y Martín Ávalos.
La Corte Suprema dispuso que el emplazamiento a los jueces sea dispuesto según lo que ordena el artículo 199 del Código de Organización Judicial, respecto a los deberes y atribuciones de los magistrados: “Los jueces y tribunales dictarán sentencia y demás resoluciones dentro de los plazos fijados en la ley. Si no lo hicieren, la Corte Suprema de Justicia los emplazará a hacerlo dentro de un plazo perentorio, bajo apercibimiento de ser suspendidos por quince días sin goce de sueldo. La reincidencia en el curso del mismo año será causal de enjuiciamiento”.
El informe de la auditoría
Luego de practicarse la auditoría, el informe recomendó “emplazar a los jueces del fuero civil para que en tres meses dicten fallos en los procesos en los que llamaron “autos para resolver”, tras detectarse una alta morosidad en los juzgados de Asunción. Se encontraron expedientes en los que los magistrados desde 2013 o antes podían dictar sentencia y no lo hicieron. La auditoría también recomendó capacitar a los funcionarios de los juzgados en programas de depuración de las causas, organización y método en secretaría, a través de la unidad de capacitación del Centro Internacional de Estudios Judicial (CIEJ).