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En la audiencia preliminar el hombre reconoció el hecho, pero la ley dispone que se puede aplicar una salida alternativa a la prisión porque lo máximo que puede recibir es la condena de dos años.
Lo más relevante de lo resuelto por la jueza María Griselda Caballero es que durante un año y seis meses el procesado no podrá conducir. Además, se le prohíbe tener o portar cualquier tipo de arma, consumir sustancias estupefacientes y bebidas alcohólicas y deberá presentarse cada tres meses ante el juzgado de ejecución penal, a fin de firmar el libro de comparecencia.
El fiscal Emilio Fúster indicó que se optó por la figura legal de procedimiento abreviado, porque el hecho no supera los 5 años de condena. Sin embargo, si no cumple las citadas disposiciones irá a la cárcel, indica Fúster. Ortiz ya había sido detenido por conducir bajo efectos del alcohol, por lo que hubo reincidencia.