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ENCARNACIÓN (Juan Augusto Roa, corresponsal). Dos de los tres integrantes del Tribunal de Sentencia, los jueces Enrique González (presidente) y Diana Arana, coincidieron en descartar la teoría de suicidio en base a los indicios aportados durante el juicio, como pruebas periciales, testimonios de peritos y declaraciones de los involucrados.
Concluyeron que el autor del disparo, efectuado con un revólver calibre 38 de la marca Taurus, fue René Hofstetter.
El tercer integrante del órgano judicial, el magistrado Nelio Prieto, justificó su voto en disidencia afirmando que las pruebas arrimadas, testimonios y pericias, no produjeron la certeza de que el acusado fue el autor.
Cuestionó además la deficiente labor de la fiscala Olga Araújo, encargada de la primera intervención en la investigación, quien permitió la pérdida de importantes pruebas y dejó de hacer diligencias que hubiesen sido determinantes para el rápido esclarecimiento del caso.
En cuanto al capataz Mathías Wilbs, hubo unanimidad de criterio al afirmar que frustró la persecución penal al alterar la escena del crimen, cambiar el arma que se utilizó para acabar con la vida de Alex Villamayor y porque movió el cuerpo de la víctima para hacer parecer que se trató de un suicidio.
Confesión
Wilbs admitió ante el Jurado haber movido el cuerpo y puesto un arma distinta, buscando evitar que Hofstetter fuera implicado en el crimen.
El padre del joven asesinado, Luis Villamayor, afirmó que la sentencia le trae la tranquilidad de que queda demostrado que su hijo no se suicidó, independientemente de la cantidad de años a que fue condenado el procesado.
El condenado, por su parte, se declaró inocente, y aseguró que no fue quien mató a su amigo.
El homicidio de Luis Alejandro Villamayor (16) tuvo lugar el 27 de junio del año 2015, en una estancia de Obligado, departamento de Itapúa.