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El fallo establece además, que la comuna capitalina deberá publicar dicha información en su sitio web y en el Portal Unificado de Acceso a la Información Pública.
El magistrado tomó la decisión tras hacer lugar a un amparo promovido por Juan Roberto Villaverde Emategui, bajo patrocinio de la abogada Élida Acosta Dávalos.
El amparista se vio obligado a recurrir a la justicia, ante la negativa de la comuna capitalina de proveer información pública.
La ubicación de todas las paradas de taxis habilitadas en Asunción; los datos personales de los propietarios y/o responsables de esas paradas; la situación documental de vehículos utilizados a esos efectos; informes de inspección técnica vehicular de móviles utilizados a esos efectos; estado de cumplimiento del seguro de pasajeros por taxi/parada de taxis; y estado de cumplimiento de pago en concepto de canon para cada parada/propietario por taxi son las informaciones requeridas.