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Cuestionaron que el magistrado haya admitido la imputación y posterior acusación, y supuestamente haber emitido opinión y consejo sobre el procedimiento. A esto los camaristas indicaron que no es la vía la apelación, que para el cuestionamiento de las providencias la ley prevé la reposición, por lo que no corresponde la recusación.
En la causa se encuentra pendiente la audiencia preliminar. Los fiscales Luis Piñánez García e Igor Cáceres había acusado a Roberto Osorio por la comisión del hecho punible de enriquecimiento ilícito, en calidad de autor, mientras que su esposa, Ada Liz Da Rosa Franco, por enriquecimiento ilícito en calidad de cómplice y lavado de dinero en calidad de autora. Tras investigar todos los bienes del matrimonio, los fiscales concluyeron que ambos no pueden justificar la suma de G. 776.275.180.