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Los camaristas Antonia López de Gómez, Gustavo Ocampos y Bibiana Benítez, de la primera sala, decidieron ratificar la sentencia que impuso el tribunal integrado por los jueces Carlos Hermosilla, Juan Carlos Zárate y Wilfrido Peralta, en octubre del año pasado.
El Tribunal de Alzada indicó en su fallo que el colegiado utilizó correctamente la Ley N° 2523/04 “Que previene, tipifica y sanciona el enriquecimiento ilícito en la función pública y el tráfico de influencias”. Sobre el hecho, indicó: “Que, conforme al caudal probatorio ingresado al juicio oral y público: documentales, periciales, el Tribunal a quo determinó la existencia del hecho punible de enriquecimiento ilícito a través de la correspondencia de la declaración jurada del procesado, dictamen de auditoría, pericia contable de los peritos Jorge Muñoz y Gustavo Zayas, quienes basaron su trabajo en flujo de caja movimientos de la Cooperativa 8 de Marzo, cotejo de cuentas en el Banco Nacional de Fomento, no registrando movimiento en la cuenta designada a la Policía Nacional, sin embargo, los movimientos se registraban en su cuenta personal”.
Respecto a que Lelys Penayo no ostenta la calidad de sujeto activo del tipo penal, por no ser funcionaria pública, la Cámara encontró acertada la decisión del tribunal inferior al considerar que la misma participó en carácter de “cómplice”, ya que “ayudó” a realizar el acto antijurídico, y presentó acrecentamiento importante de su patrimonio. La misma adquirió dos inmuebles, realizó mejoras y percibió en concepto de alquiler nada menos que G. 995 millones.
El fiscal Aldo Cantero había solicitado la imposición de 15 años para García Balmaceda y 5 años para Penayo.
Imputados por lavado
El fiscal Aldo Cantero imputó ayer por lavado de dinero a Hermes García Balmaceda y su esposa, Lelys Penayo, por la venta de la finca N° 25259 con Cta. Cte Catastral N° 27-1568-04 ubicada en la Avda. Mariscal López c/ José Viñales (Fernando de la Mora). El tribunal que condenó al matrimonio por enriquecimiento remitió los antecedentes por esa enajenación irregular.
El inmueble fue “cedido” por Penayo a Juan Espínola Esteche en pleno desarrollo del proceso penal. Supuestamente, la venta fue por US$ 575.000. Para el investigador, Hermes ocultó ese dinero porque no tenía la posibilidad de justificar la compra del mismo con lo percibido como funcionario público.