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La magistrada hizo lugar a un pedido de abandono de querella, solicitado por los abogados defensores Rodrigo Yódice y Arturo Daniel. Es a raíz de la incomparecencia del querellante a la audiencia de conciliación fijada para el 21 de febrero pasado, a la que había sido convocado con la advertencia de que la incomparecencia injustificada, traería aparejado el abandono de la acción, tal y como lo dispone el artículo 426 del Código Procesal Penal.
“No hay vestigios de la comparecencia del querellante ni aún después de hora”, argumentó la jueza.