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La jueza y los camaristas dejaron sin efecto la condena de dos años y seis meses de cárcel, que se impuso en juicio oral a Escobar Cattebeke, por un perjuicio de G. 1.400 millones a la gobernación de Hayes.
Como antecedentes del caso se cuenta con el acuerdo y sentencia Nº 920, del 28 de diciembre de 2009, en que los ministros de la Corte Alicia Pucheta y Miguel Óscar Bajac, y la camarista Natividad Meza (ya destituida, quien integró entonces la Sala Penal) fueron categóricos en afirmar que la condena de dos años y seis meses impuesta a Escobar Cattebeke en un juicio oral está firme.
“Adquiere calidad de cosa juzgada material y formal, en razón de haber sido emitido por una autoridad jurisdiccional (Corte Suprema) contra el cual no procede recurso alguno (irrecurribilidad) capaz de modificar lo sustancial de lo decidido (inmutabilidad)”, concluyó entonces la Corte.
Sin embargo, los ministros nada hicieron ante la actuación irregular de los camaristas Neri Villalba, Silvio Rodríguez y Mirta González de Caballero, por ignorar el fallo del alto tribunal de la República.
Fue así como los camaristas Villalba, Rodríguez y González de Caballero revocaron el 26 de enero de 2010 la resolución por la cual la jueza de ejecución de sentencia Lourdes Scura decretó la prisión de Escobar Cattebeke el 29 de diciembre de 2009.
Villalba y Rodríguez, igualmente, deberían ser investigados por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados porque desconocieron la sentencia de la Corte que dejó firme la causa.
En el caso de González de Caballero, como se señaló, ya participó para otorgar la libertad al exgobernador y luego para “blanquearlo”.
La “tragada”
El exgobernador de Pdte. Hayes Escobar Cattebeke (ANR) recibió una benévola pena de 2 años y 6 meses de prisión en mayo de 2009, por el desvío de G. 1.321 millones de la institución.
El tribunal de sentencia estuvo presidido por Mesalina Fernández e integrado por Gloria Amanda Hermosa y Elsa García.
El dinero desviado debió ser destinado a la construcción de caminos, compra de leche para las escuelas, medicamentos, víveres para indígenas, entre otros.
El tribunal calificó el hecho de “sumamente grave” porque afectó a personas de escasos recursos. Si embargo, sorpresivamente, solo aplicó la pena señalada.
LA CORTE SUPREMA
- Hasta ahora, la Corte Suprema no toma ninguna determinación acerca de la decisión tomada por la jueza Leticia Fracchi, ni los camaristas Mirta González de Caballero y Darío Estigarribia, pese a que los magistrados ignoraron un fallo de la propia Corte, que en diciembre de 2009 confirmó la condena de dos años y seis meses de cárcel al exgobernador de Presidente Hayes Escobar Cattebeke (ANR). Además, aclaró que la determinación ya no podía ser objeto de ningún tipo de recurso.
- Si los jueces y camaristas empiezan a revisar las sentencias de la Corte, nos encontraremos ante una situación aberrante. Esto ocurrió en el caso de Escobar Cattebeke. Muchos magistrados no pudieron ocultar su indignación.