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CIUDAD DEL ESTE (De nuestra Redacción Regional). Tras la valoración de cada uno de los elementos incriminatorios, los magistrados Carlos Vera Ruiz, Dólica Giménez y Teresita Cazal, integrantes del Tribunal de Sentencia, aplicaron la condena de 30 años para Marcos Aurelio González Sánchez y denegaron los 10 años como medida de seguridad. Fue al señalar que no existen estudios sicológicos o siquiátricos del reo que indiquen su peligrosidad.
El fiscal Edgar Torales sustentó la acusación durante el juicio oral y público mediante la producción de numerosas pruebas científicas y laboratoriales, demostrando así su responsabilidad en los hechos punibles.
El representante del Ministerio Público pidió la pena máxima prevista en la legislación, además de 10 años de medida de seguridad.
Los antecedentes
Conforme con los antecedentes, los hechos sucedieron el 4 de marzo del 2012 en una vivienda ubicada en el kilómetro 29 de la ruta 7, en Minga Guazú. En la oportunidad, Sánchez González aprovechó que las dos niñas estaban solas en la casa para someterlas sexualmente y luego asesinarlas.
En aquel entonces, el forense del Ministerio Público, Aníbal Duarte, inspeccionó los cadáveres de las pequeñas y constató lesiones en varias partes, especialmente desgarro vaginal y anal.
En el transcurso de la investigación, la Fiscalía y la Policía Nacional detuvieron a varios sospechosos, entre ellos a Marcos Aurelio González Sánchez, quien finalmente fue hallado culpable por el tribunal y condenado.