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A ello se añade que, en países como Paraguay, la misma ley brinda un trato discriminatorio a las trabajadoras del sector al establecer el salario de piso en apenas el 40% del sueldo mínimo.
Consultada al respecto, Miriam Agüero, del Sindicato de Trabajadoras Domésticas del Paraguay (Sintradop), presentó como una de las reivindicaciones que “se cambie la legislación laboral para alcanzar el salario mínimo como los demás trabajadores. Ahora por ley solo tenemos derecho al 40% del salario mínimo. Muchas compañeras ganan apenas G. 400.000 y en el interior es peor, a veces apenas G. 100.000”.
Posteriormente, explicó que “como sindicato lo que pedimos son las 8 horas de trabajo, un día semanal de descanso, el sueldo mínimo, el seguro del IPS y que los inspectores controlen casa por casa que se cumplan nuestros derechos”.
Otra de las situaciones observadas en el Cono Sur es el porcentaje de mujeres migrantes.
El desconocimiento de la legislación laboral del país receptor, el manejo del idioma (por ejemplo, las mujeres paraguayas del campo guaranihablantes), y el estatus migratorio colocan en situación de mayor vulnerabilidad a las trabajadoras.
Entre las principales violaciones de los derechos de las personas empleadas en el rubro, el informe apunta a que “los trabajadores domésticos a menudo soportan salarios muy bajos, horas excesivas de trabajo, día de descanso semanal no garantizado y en ocasiones se enfrentan a situaciones de vulnerabilidad frente a abusos físicos, mentales y sexuales o a limitaciones en su libertad de movimiento”.
De hecho, con respecto a esto último, uno de los principales flagelos que enfrentan las trabajadoras es el régimen llamado sin retiro. Aprovechándose de que muchas mujeres deben desplazarse de sus hogares a ciudades donde no tienen a nadie, los patrones disfrazan de caridad (le damos pan y techo, dicen) lo que, en definitiva, no constituye sino un tipo de esclavitud moderna legalizada.
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