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Durante la fiscalización realizada se constató que la playa municipal no contaba con un análisis actualizado de la calidad del agua, señalizaciones e indicadores de zonas aptas o no aptas (bandera verde y bandera roja, respectivamente), para los bañistas, ni tampoco contaba con licencia ambiental para uso recreativo.
El MADES explicó que había expedido una Declaración de Impacto Ambiental pero solo para la construcción de una Costanera, con el fin de dotar al lugar de una mejor infraestructura y más segura, por lo que dicho documento no significaba una venia para la habilitación de actividades de esparcimiento o recreativos.
La habilitación de las playas municipales están a cargo de las municipalidades, aunque la licencia ambiental es uno de los requisitos fundamentales, así como un estudio actualizado de la calidad del agua e infraestructuras seguras para los visitantes. Esto debe tener en cuenta el municipio al momento de que se haga la explotación del espacio recreativo, informaron los fiscalizadores del ministerio al señalar que el caso ya fue derivado a la Asesoría Jurídica.