Imputan a cinco personas por cazar y vender tagua

Cinco personas fueron imputadas por el fiscal de Filadelfia, Andrés Arriola, tras ser sorprendidos por efectivos policiales con una importante carga de carne de seis ejemplares de tagua en el camino que conduce de Mariscal Estigarribia a Tte. Pico, en el Km 47. Se trata de una especie que está en peligro de extinción.

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FILADELFIA (Marvin Duerksen, corresponsal).- Los imputados son Jorge Rafael González González, Ángel Gabriel Castillo, Nelson Noguera Pizzurno, Carlos Argüello Ramos y Thomas Matoro; este último nativo, por lo que el hecho fue comunicado a la Dirección de Derechos Étnicos del Ministerio Público. Se incautaron también tres escopetas y dos rifles.

La carne provino de cinco a seis animales de la especie tagua (Catagonus wagneri), que se encuentra en situación crítica de extinción. El fiscal de esta ciudad, Andrés Arriola, pidió prisión para las personas por la gravedad del hecho, teniendo en cuenta que el tagua es una especie que se está tratando de proteger e inclusive existe un centro especializado en la protección del animal.

Se trata de una especie de pecaríes que se creía desaparecida de la Tierra hace 1.000 años, pero fue redescubierta en el Chaco paraguayo en 1972 por el norteamericano Ralph Wetzel, según los datos.

“Ellos realizaron esta cacería presumiblemente con fines comerciales, porque no entra en la cabeza de nadie que semejante cantidad esté siendo almacenada. Tiempo atrás hubo denuncias de que se estaba ingresando a las estancias y ayer se pudo agarrar en flagrancia a estas personas”, refirió el agente del Ministerio Público.

Arriola dijo que se trata de una violación de la Ley 716/96 de Delitos Ambientales, que en su Art. 5 habla para estos casos de una pena privativa de libertad de unos a cinco años y multa de 500 a 1.500 jornales mínimos. Los casos especificados en la normativa afectan a los que destruyan las especies de animales silvestres en vías de extinción y los que trafiquen o comercialicen ilegalmente con ellas, sus partes o productos.

También a los que practiquen manipulaciones genéticas sin la autorización expresa de la autoridad competente o difundan epidemias, epizootias o plagas y a los que introduzcan al país o comercialicen con especies bajo restricción fitosanitaria o faciliten los medios, transportes y depósitos. Asimismo, a los que empleen datos falsos o adulteren los verdaderos en estudios y evaluaciones de impacto ambiental en los procesos destinados a la fijación de estándares oficiales.

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