El “caso Sarita” se extingue tras un acuerdo de pago de G. 15 millones

Los tres procesados por la muerte de la niña Sarita a causa de una descarga de electricidad que sufrió en la plaza Agustín van Aaken, de Ciudad del Este, fueron beneficiados con la extinción de la causa mediante un arreglo para pagar G. 5 millones cada uno a la familia de la víctima. Fueron acusados por homicidio culposo y actividades peligrosas en la construcción.

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CIUDAD DEL ESTE (Mariana Ladaga, de nuestra redacción regional). Los funcionarios de la Municipalidad arquitectos Pedro Duarte y Beatriz Maidana, y la empresaria Carmen Fernández de Peralta pagaron G. 15 millones en total como reparación del daño y el proceso en el “caso Sarita” se extinguió.

Sara Amapola Insfrán, de solo 2 años de edad, falleció el 20 de enero del año pasado en una sala de terapia intensiva del hospital Los Ángeles luego de que el día 3 de aquel mes se electrocutara al pisar un cable pelado dentro de la plaza municipal Agustín van Aaken. El espacio público había sido remodelado poco antes por la empresa Lainuz SA, de Carmen Carolina Fernández de Peralta, contratada por la Municipalidad, administrada por la intendenta Sandra McLeod de Zacarías (ANR). Los responsables de avalar la calidad de los trabajos fueron los arquitectos Pedro Duarte y Beatriz Maidana.

La audiencia preliminar del caso se llevó a cabo hace unos días con presencia de la defensa de los tres procesados y de la fiscala del caso, Cinthia Leiva, ante el juez penal de garantías Carlos Vera. La querella adhesiva, que estaba constituida por los familiares de Sarita, fue notificada del acto jurídico, pero no compareció.

Al momento de analizar la acusación de homicidio culposo, Duarte, Maidana y Fernández presentaron un acuerdo notarial firmado por la mamá de Sarita, Claudia Torres. En el escrito se menciona que hubo un resarcimiento económico y moral y que ella y su familia se comprometen a retirar las acciones legales contra los procesados y también desiste de futuras acciones legales y civiles contra ellos y contra McLeod de Zacarías.

Ante este documento y con anuencia de la fiscala Leiva se dispuso la extinción de la acción penal. El juez Vera afirmó que actuó conforme el artículo 25 del Código Procesal Penal, que señala que ante la reparación del daño y con el consentimiento de la víctima del hecho, se extingue la acción penal.

Pruebas de impericia

El juez Carlos Vera dijo que hubo impericia, pero no pudo elevar el caso a juicio oral porque la fiscala Cinthia Leiva no lo pidió. A su criterio “hubo impericia, quedó demostrado con las pruebas de que el cable que conducía los hilos eléctricos se enterró a solo 8 y 10 centímetros bajo tierra. Después algún obrero, trabajando, le dio una palada al suelo y peló el cable, y no tuvo el tino de poner una cinta aisladora. Quedó eso así, a la intemperie, hasta que una niña inocente fue a jugar y pisó justo ahí”. Dijo que acordó un resarcimiento del daño de G. 5 millones a cada uno de los procesados “tratando de hacer bien las cosas”, para que no se cuestione el monto alto resuelto.

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