Dueño de balneario dice que decreto presidencial le ampara

El propietario del complejo balneario Ruta 63, ubicado en Caacupé, Luis Barrios, sostiene que puso en funcionamiento su local amparado en el decreto presidencial Nº 4066, firmado por el destituido Fernando Lugo. Sin embargo, la Secretaría del Ambiente (Seam) afirmó que los balnearios que no tienen licencia ambiental no están habilitados para operar.

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CAACUPÉ, Cordillera (Desiré Cabrera, de nuestra redacción regional). El complejo Ruta 63 es uno de los que están funcionando en Cordillera, sin licencia de la Secretaría del Ambiente (Seam). El propietario del sitio de veraneo, Luis Barrios, visitó ayer nuestra redacción regional para señalar que cuenta con los documentos que habilitan su local como balneario.

Barrios exhibió una renovación de licencia ambiental expedida por la Seam en el 2010 y que venció en octubre de 2011. También mostró dos notas enviadas a la Seam en setiembre de 2011 y octubre de 2012, en las que solicita la renovación del permiso.

Sin embargo, según Barrios, la Seam no respondió a ninguna de las solicitudes, alegando que el expediente se traspapeló, por lo que le solicitaron nuevamente el número de expediente.

El empresario exhibió la fotocopia del decreto del Ejecutivo Nº 4066, firmado por el destituido presidente Fernando Lugo, cuya vigencia rige a partir del 17 de marzo de 2010. En el documento se establece que las licencias ambientales que están con trámite de renovación no caducan automáticamente, sino quedan prorrogadas hasta que la Seam se expida con una resolución definitiva.
Ante la consulta de si realiza análisis del agua utilizada para el balneario en forma mensual, como lo establece la ley, respondió que no, que eso le corresponde a los entes. No obstante, manifestó que está abierto a que se tomen muestras del agua que, según dijo, la mitad proviene de un pozo profundo que es agua mineral y el resto de una naciente que baja del cerro Kavaju.

Decreto no lo habilita

Edelira Duarte, de la Dirección de Evaluación e Impacto Ambiental de la Seam, manifestó que el Decreto 4066 no habilita a los balnearios que están con trámite de renovación de licencia. Agregó que solo sirve para fines administrativos, como solicitudes de préstamo. Subrayó que si los balnearios no cuentan con la licencia ambiental expedida por la Seam, no están habilitados y, por lo tanto, están en falta.

Con relación al complejo Ruta 63, que solicitó la renovación de la licencia en el año 2010, dijo que no fue renovada por carecer del resultado del análisis de las muestras de la calidad de agua del local.

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