Corte rechaza acción de recolectora contra Municipalidad de Villa Elisa

La sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó “in limine” una acción de inconstitucionalidad promovida por Ecototal SA contra la Municipalidad de Villa Elisa, en un conflicto por la recolección de basura.

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La recolectora de basura Ecototal SA pretendía que la máxima instancia dejara sin efecto la resolución dictada el 7 de febrero último por el Tribunal de Apelación en lo civil, comercial y laboral de Lambaré, que ratificó la resolución del juez en lo civil y comercial de Lambaré, Joel Melgarejo, dictada el 16 de junio de 2017. El magistrado hizo lugar a un incidente planteado por la Comuna de Villa Elisa y en consecuencia dispuso el levantamiento de una medida cautelar decidida a favor de la empresa el 8 de mayo de 2015.

El abogado de la firma, Carlos Francisco Álvarez, alegó que la decisión es arbitraria y vulnera los artículos 47 (de las garantías de la igualdad) y 127 (del cumplimiento de la ley) de la Constitución Nacional. La Corte aclara que la acción no puede prosperar debido a que la resolución atacada tiene relación con medidas cautelares y no contra actos definitivos. “(...). 

Dice que la competencia de la sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia es excepcional, de interpretación restrictiva y no equivale a una instancia de revisión de decisiones judiciales. “En el sub examine no se ha dictado resolución definitiva, aún no se ha decidido sobre la existencia o suerte del derecho de fondo, razón por la cual las resoluciones impugnadas no pueden causar agravios atendibles en esta instancia, considerando que el accionante posee medios ordinarios de impugnación y amerita el rechazo de la presente acción”, concluye el fallo. 

El intendente de Villa Elisa, Ricardo Estigarribia (PLRA) aseguró que dicha empresa opera en forma irregular y que con la resolución de la Corte la Comuna tiene allanado el camino para rescindir el contrato –con la firma Ecototal–, cuyo servicio es muy cuestionado.

“Con este fallo la Corte nos da la razón de que hemos actuado en derecho y que queda firme la resolución del juez de Lambaré, Joel Melgarejo, sobre la rescisión del contrato con la recolectora. Vamos a ver con los asesores qué medidas corresponden en adelante”, expresó. 

Expresó que la empresa tiene otras acciones contra la Intendencia y contra algunos concejales que se deben dirimir en el ámbito judicial.

Rescisión

La Municipalidad de Villa Elisa el 19 de junio de 2017 rescindió contrato con Ecototal SA. Las acciones de la compañía figuran a nombre de Yenny Miltos de Staseek y Arnaldo Aranda Flores. Es una de las empresas satélite de El Farol SA, cuyos accionistas son Adelaida Cañete y Hans Staseek, esposo de Yenny Miltos.

Estigarribia argumentó innumerables denuncias de comisiones vecinales por incumplimiento del servicio y atrasos en el pago del canon establecido en la Licitación Pública Nº 01/2012. El canon mensual es del 5% sobre las facturas cobradas por la empresa, previa presentación de las documentaciones respaldatorias.

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