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El Auto Interlocutorio Nº 260 de la Corte Suprema de Justicia deja constancia de que la compañía Enrique Remmele SACI presentó fuera de plazo una acción contra la Resolución Nº 588 del Indert con la que otorga al pueblo maká derechos sobre tierras situadas en el distrito de Villa Hayes, departamento de Presidente Hayes, Chaco.
La acción ante la Corte Suprema había sido presentada por el Abog. Óscar Luis Tuma en representación de Enrique Remmele SACI.
El auto interlocutorio expresa: “Habiendo transcurrido el plazo establecido para este tipo de procesos (tres meses) corresponde declarar operada la caducidad de los recursos interpuestos”.
Con anterioridad, primero la sentencia Nº 518 del 26 de octubre de 2015 y luego la sentencia Nº 18 del 8 de febrero de 2016 dieron la razón al Indert en otorgar a los maká las tierras que reclama esa parcialidad en Villa Hayes.
Las fracciones reivindicadas por los nativos, en virtud de leyes nacionales y convenios internacionales, les fueron otorgadas por el Indert. La Resolución 588 del instituto agrario reconoció que la comunidad tiene plenos derechos sobre las tierras reclamadas.
Enrique Remmele SACI se encuentra en posesión de las fincas y se niega en forma sistemática a dar cumplimiento a dos sentencias judiciales y un auto interlocutorio de la Corte Suprema de Justicia.
Falsificación de título
La firma Enrique Remmele, para sostener la demanda contra el Indert, presentó un título de propiedad expedido por el señor Antonio Angeloni, de quien supuestamente compró la tierra a orillas del río Paraguay, frente a Puerto Botánico.
El equipo jurídico del Indert logró demostrar en el juicio que el título presentado por Remmele SACI era falso; la firma falsificó un documento en procura de no devolver a los maká la tierra que les pertenece en forma legítima, según argumentó dicha entidad.
Ante las pruebas arrimadas por el Indert surgieron dos sentencias judiciales, la Nº 518 del 26 de octubre de 2015 y la Nº 18 del 8 de febrero de 2016. A pesar de ello, la compañía sigue en posesión de inmuebles otorgados por el instituto agrario al pueblo maká.
El 6 de septiembre último, el juzgado de primera instancia de Presidente Hayes dictó la prohibición de que terceros puedan contratar sobre el inmueble otorgado a los maká. La orden fue comunicada a la Policía Nacional, Prefectura General Naval y a la Marina Mercante.
Con anterioridad se dictó una orden de no innovar sobre la misma fracción a la que ahora se suma la prohibición de contratar.
Enrique Remmele SACI estaría alquilando la costa del río a empresas navieras para el amarre de barcazas, en detrimento del derecho del pueblo maká según consta en dos sentencias ratificadas por la misma Corte Suprema de Justicia.
roque@abc.com.py